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buje métrico para los envases, transporte del lubricante del bronce del tamaño de 50-55-40m m del cuello

Lugar de origen Fabricante de bronce del buje de la lata
Nombre de la marca REPLACEMENT PLAIN BEARINGS
Certificación DIN 1494 / ISO 3547
Número de modelo Estruendo de bronce 1494/ISO 3547 de los bujes CuSn8P (estruendo 17662)
Cantidad de orden mínima BUJES DE LA ADUANA DE MATE-TO-ORDER
Precio Sliding Bronze Bearing Dimensions Tolerance,Stock Price
Detalles de empaquetado Caja de madera de la plataforma de madera del cartón de la exportación
Tiempo de entrega 3 - 15 DÍAS LABORALES
Condiciones de pago T/T
Capacidad de la fuente BUJES ESTÁNDAR DE LA TOLERANCIA

Éntreme en contacto con gratis las muestras y los vales.

whatsapp:0086 18588475571

Wechat: 0086 18588475571

Skype: sales10@aixton.com

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Datos del producto
Material del buje ESTAÑO BRONCE CUSN8 CUSN6 Características Resistencia a altas temperaturas, resistencia al desgaste, resistencia a la corrosión
Desempeño Alta capacidad de carga y larga vida El tipo Manguito, brida, arandela de empuje
El pensamiento de Bushings El espesor máximo de la caja es de 2,5 mm. Bujes autolubricantes de una longitud de 50-55-40 mm, perforados
Aplicación máquinas agrícolas, frenos y determinadas máquinas de construcción. Tamaño del buje Las dimensiones especiales y los tamaños imperiales están disponibles a pedido.
Número del modelo E90F E92F E90 E92 BUSHINGS Las plantas de la familia de las cartuchas Temperatura de trabajo -40℃~+250℃
Precio de fábrica del buje del cojinete tiffany@viiplus.com Fabricante de casquillos de rodamientos autolubricantes https://www.viiplus.com/
La luz alta Las carcasas de bronce auto lubricantes, rodamiento seco Transporte seco de los bujes de la diapositiva La marca registrada seca de los bujes de la diapositiva identifica una amplia gama de bujes y de tra
Fabricantes de rodamientos de bujes Proveedores Exportadores Tiffany@viiplus.com, Bushings - Configuración y compra - https://www.viiplus.com.Com/
Alta luz

Transporte llano Bush

,

el bronce ensanchó los cojinetes lisos

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Descripción de producto

La caja de lubricante de bronce de 50-55-40 mm de tamaño métrico para contenedores, también conocida como rodamiento de cuello,es un componente de ingeniería de precisión diseñado para proporcionar un funcionamiento suave y fiable en aplicaciones de contenedoresFabricado con material de bronce de alta calidad, este buje exhibe una excelente resistencia al desgaste y capacidad de carga, lo que garantiza una durabilidad y estabilidad a largo plazo.

Las propiedades de lubricación del material de bronce permiten una rotación suave y una reducción de la fricción, lo que minimiza el desgaste de la caja y prolonga su vida útil.El diseño del rodamiento del cuello garantiza la instalación y el posicionamiento seguros dentro del contenedor, manteniendo un funcionamiento estable incluso bajo altas cargas y condiciones variables.

El tamaño métrico de 50-55-40 mm garantiza la compatibilidad con los componentes y sistemas de contenedores estándar, lo que permite una fácil integración y reemplazo.o otras aplicaciones industriales, esta caja de lubricante de bronce proporciona una solución robusta y confiable para un funcionamiento suave y eficiente.

En resumen, la caja de lubricante de bronce de tamaño métrico de 50-55-40 mm para contenedores, rodamiento de cuello, ofrece un alto rendimiento,solución duradera para aplicaciones de contenedores que requieren una rotación suave y capacidades de carga fiables.

 

El número de equipos de ensayo de la serie de ensayo de la serie de ensayos de ensayo de la serie de ensayos de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo de ensayo.

Las aplicaciones de movimiento con rodamientos se pueden encontrar en todas las industrias: aplicaciones lentas y rápidas, aplicaciones ligeras y pesadas, aplicaciones abrasivas y limpias.Cada industria tiene su propia preferencia para los tipos de rodamientos como los rodamientos de bronceLos rodamientos de bronce también están disponibles en otras variantes, por ejemplo:

·Bequeros deslizantes de bronce sinterizados
·Bequeros deslizantes de bronce auto lubricantes

 

En el caso de los contenedores, los equipos industriales y maquinaria, el tamaño métrico de los rodamientos de bronce de 50-55-40 mm.

 

Flange Lubricante de Bronce, Bushing,El uso de las herramientas de ensamblaje de los equipos de ensamblaje de los equipos de ensamblaje de los equipos de ensamblaje de los equipos de ensamblaje de los equipos de ensamblaje de los equipos de ensamblaje.

  • CuSn8P(DIN 17662)

  • DIN 1494 / ISO 3547 y otras especificaciones

 
bronze bearing

 

092 Bornze Gleitlager CuSn8 Composición química

 

Parte no

El material

Cu

No

P

Pb

El Zn

E92 y E92F

CuSn8

910,3%

80,5%

00,2%

/

/

 
 

gráfico de tamaño de la buje de bronce
- ¿Qué quieres decir? d D - ¿ Qué?
El número de unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga. 10 12 10
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 10 12 12
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 10 12 15
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 10 12 20
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 11 13 8
El número de unidades de producción será el siguiente: 11 13 9
El número de unidades de producción será el siguiente: 11 13 10
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 11 13 12
El número de unidades de producción será el siguiente: 12 14 6
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 es el siguiente: 12 14 8
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 12 14 10
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 12 14 12
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 es el siguiente: 12 14 14
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 es el siguiente: 12 14 15
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 es el siguiente: 12 14 16
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) no 765/2008 será el siguiente: 12 14 20
El número de unidades de producción será el siguiente: 12 14 25
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 13 15 8
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo II del Reglamento (CE) no 765/2008 será el siguiente: 13 15 9
Los demás elementos de los componentes de los equipos de ensayo deberán estar equipados con un dispositivo de ensayo de la clase B. 13 15 10
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 13 15 12
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 13 15 15
Los productos de la categoría M2 incluidos en el anexo I se clasifican en el anexo II. 14 16 10
El número de unidades de carga de los vehículos no incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 216/2008 es el siguiente: 14 16 12
El número de unidades de producción será el siguiente: 14 16 15
Los productos de la categoría M2 incluidos en el anexo I se clasificarán en el anexo II. 14 16 20
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 será el siguiente: 14 16 22
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 14 16 25
El número de unidades de producción será el siguiente: 15 17 8
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 15 17 10
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 15 17 12
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 15 17 15
El número de unidades de producción será el siguiente: 15 17 18
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 15 17 20
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 15 17 25
El número de unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga. 16 18 8
Los productos de la categoría M2 incluidos en el anexo I se clasifican en el anexo II. 16 18 10
El número de unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga. 16 18 12
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 16 18 15
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 16 18 18
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 16 18 20
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 16 18 25
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 17 19 8
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 17 19 10
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 17 19 12
El número de unidades de producción será el siguiente: 17 19 15
El número de unidades de producción será el siguiente: 17 19 18
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 216/2008 es el siguiente: 17 19 20
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 17 19 25
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 es el siguiente: 18 20 8
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 18 20 10
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 18 20 12
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 será el siguiente: 18 20 15
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo II del Reglamento (CE) no 765/2008 será el siguiente: 18 20 20
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 18 20 25
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 18 20 30
El objetivo de la presente Directiva es garantizar que los vehículos de transporte de mercancías no se vean afectados por la contaminación. 20 23 8
El número de unidades de producción será el siguiente: 20 23 10
El objetivo de la presente Directiva es garantizar que los Estados miembros: 20 23 12
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 20 23 15
El número de unidades de la unidad de control de la unidad de control de la unidad de control de la unidad de control de la unidad de control de la unidad de control de la unidad de control. 20 23 20
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 se calculará en función de las características de los vehículos. 20 23 25
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 20 23 30
El número de unidades de producción será el siguiente: 20 23 35
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 20 23 40
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 es el siguiente: 22 25 10
El número de unidades de producción será el siguiente: 22 25 12
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 22 25 15
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 es el siguiente: 22 25 20
El número de unidades de producción será el siguiente: 22 25 25
El número de unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga. 22 25 30
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 es el siguiente: 22 25 35
El número de unidades de producción será el siguiente: 22 25 38
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 es el siguiente: 22 25 40
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 22 25 45
El número de unidades de producción será el siguiente: 22 25 50
El número de unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga. 24 27 10
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 24 27 12
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 24 27 15
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 24 27 20
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 24 27 25
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 24 27 28
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 24 27 30
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 24 27 32
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 24 27 35
El número de unidades de producción será el siguiente: 24 27 38
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 24 27 40
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 24 27 50
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 216/2008 es el siguiente: 25 28 10
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 es el siguiente: 25 28 12
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 25 28 15
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 25 28 20
El número de unidades de producción será el siguiente: 25 28 25
El número de unidades de producción será el siguiente: 25 28 28
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 será el siguiente: 25 28 30
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 25 28 32
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 25 28 35
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 25 28 40
El número de unidades de producción será el siguiente: 25 28 50
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 25 28 60
El número de unidades de producción será el siguiente: 26 30 10
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 26 30 12
El número de unidades de carga de los vehículos no incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 216/2008 es el siguiente: 26 30 15
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 26 30 20
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 será el siguiente: 26 30 25
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 26 30 30
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 26 30 35
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo II del Reglamento (CE) no 765/2008 es el siguiente: 26 30 40
El número de unidades de producción de las que se trate se determinará en función de las condiciones de producción. 26 30 50
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 28 32 10
El número de unidades de carga de los vehículos no incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 216/2008 es el siguiente: 28 32 12
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 será el siguiente: 28 32 15
Los productos de la categoría M2 incluidos en el presente anexo se clasifican en el anexo II. 28 32 20
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 28 32 25
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 es el siguiente: 28 32 30
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 28 32 32
El número de unidades de producción será el siguiente: 28 32 35
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 28 32 40
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 216/2008 es el siguiente: 30 34 10
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 30 34 12
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 30 34 15
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 216/2008 es el siguiente: 30 34 20
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 30 34 25
El valor de las emisiones de dióxido de carbono se calculará en función de las emisiones de dióxido de carbono. 30 34 28
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 30 34 30
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 30 34 32
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 30 34 35
El número de unidades de producción será el siguiente: 30 34 38
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 30 34 40
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 30 34 45
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 30 34 50
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 es el siguiente: 32 36 10
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 es el siguiente: 32 36 12
El número de unidades de producción será el siguiente: 32 36 15
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 es el siguiente: 32 36 18
El número de unidades de producción será el siguiente: 32 36 20
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 es el siguiente: 32 36 25
El número de unidades de producción será el siguiente: 32 36 30
El número de unidades de producción será el siguiente: 32 36 35
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 es el siguiente: 32 36 40
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 32 36 45
El número de unidades de producción es el siguiente: 32 36 50
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 será el siguiente: 34 38 10
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 34 38 12
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 34 38 15
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 34 38 20
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 34 38 25
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 34 38 30
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 34 38 35
El número de unidades de producción será el siguiente: 34 38 40
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 34 38 45
El número de unidades de producción será el siguiente: 35 39 10
El número de unidades de producción será el siguiente: 35 39 12
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 35 39 15
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 35 39 20
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 35 39 25
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 35 39 30
El número de unidades de producción de los productos de la serie A es el siguiente: 35 39 35
El objetivo de la presente Directiva es garantizar que los productos de los Estados miembros estén protegidos contra el riesgo de contaminación. 35 39 40
El número de unidades de producción será el siguiente: 35 39 45
El número de unidades de producción será el siguiente: 35 39 50
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 36 40 10
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 36 40 12
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 36 40 15
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 36 40 20
El objetivo de la presente Directiva es garantizar que los productos de los Estados miembros estén protegidos contra el riesgo de contaminación. 36 40 25
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 36 40 30
El número de unidades de producción es el siguiente: 36 40 35
El número de unidades de producción es el siguiente: 36 40 40
El número de unidades de producción será el siguiente: 36 40 45
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 36 40 50
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 38 42 12
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 es el siguiente: 38 42 15
El número de unidades de producción será el siguiente: 38 42 20
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 38 42 25
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 38 42 30
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 es el siguiente: 38 42 35
El número de unidades de producción es el siguiente: 38 42 40
El número de unidades de producción es el siguiente: 38 42 45
El número de unidades de producción será el siguiente: 38 42 50
El objetivo de la presente Directiva es garantizar que los productos de los Estados miembros estén protegidos contra el riesgo de contaminación. 38 42 55
El número de unidades de producción es el siguiente: 38 42 60
El número de unidades de producción será el siguiente: 40 44 12
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 40 44 15
El número de unidades de producción será el siguiente: 40 44 20
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 40 44 25
El número de unidades de producción será el siguiente: 40 44 30
El número de unidades de producción será el siguiente: 40 44 35
El número de unidades de producción será el siguiente: 40 44 40
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 40 44 45
El número de unidades de producción será el siguiente: 40 44 50
El número de unidades de producción será el siguiente: 40 44 55
El número de unidades de producción será el siguiente: 40 44 60
El número de unidades de producción es el siguiente: 42 46 12
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 42 46 15
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 es el siguiente: 42 46 20
El número de unidades de producción será el siguiente: 42 46 25
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 42 46 30
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 42 46 35
El número de unidades de producción será el siguiente: 42 46 40
El número de unidades de producción es el siguiente: 42 46 45
El número de unidades de producción será el siguiente: 42 46 50
El número de unidades de producción será el siguiente: 42 46 55
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 es el siguiente: 42 46 60
El número de unidades de producción será el siguiente: 44 48 12
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 44 48 15
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 44 48 20
El número de unidades de producción es el siguiente: 44 48 25
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 será el siguiente: 44 48 30
El número de unidades de producción será el siguiente: 44 48 35
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 44 48 40
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 44 48 45
El número de unidades de producción será el siguiente: 44 48 50
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 44 48 55
El número de unidades de producción es el siguiente: 44 48 60
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 45 50 18
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 45 50 20
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 45 50 25
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 45 50 30
El número de unidades de producción será el siguiente: 45 50 35
El número de unidades de producción será el siguiente: 45 50 40
El número de unidades de producción será el siguiente: 45 50 45
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 45 50 50
El número de unidades de producción será el siguiente: 45 50 55
El número de unidades de producción será el siguiente: 45 50 60
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 50 55 15
El número de unidades de producción será el siguiente: 50 55 20
El número de unidades de producción será el siguiente: 50 55 25
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 50 55 30
El número de unidades de producción será el siguiente: 50 55 35
El número de unidades de producción será el siguiente: 50 55 40
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 50 55 45
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 50 55 50
El número de unidades de producción será el siguiente: 50 55 55
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 50 55 60
El número de unidades de producción será el siguiente: 50 55 65
El número de unidades de producción será el siguiente: 50 55 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 55 60 15
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 55 60 20
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 55 60 25
El número de unidades de carga de los vehículos no incluidos en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 965/2012 será el siguiente: 55 60 30
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 55 60 35
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 55 60 40
El número de unidades de producción será el siguiente: 55 60 45
El número de unidades de producción será el siguiente: 55 60 50
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 55 60 55
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 55 60 60
El número de unidades de producción será el siguiente: 55 60 65
El número de unidades de producción será el siguiente: 55 60 70
El número de unidades de producción será el siguiente: 60 65 15
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 60 65 20
El número de unidades de producción será el siguiente: 60 65 25
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 60 65 30
El número de unidades de producción será el siguiente: 60 65 35
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 60 65 40
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 60 65 45
El número de unidades de producción será el siguiente: 60 65 50
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 60 65 55
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 60 65 60
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 60 65 65
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 60 65 70
El número de unidades de producción es el siguiente: 60 65 75
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 60 65 80
El número de unidades de producción será el siguiente: 60 65 85
El valor de las emisiones de CO2 es el valor de las emisiones de CO2 de los combustibles fósiles. 60 65 90
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 65 70 15
El número de unidades de producción será el siguiente: 65 70 20
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 65 70 30
El número de unidades de carga de los vehículos no incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 216/2008 es el siguiente: 65 70 40
El número de unidades de producción será el siguiente: 65 70 50
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 65 70 60
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 65 70 70
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 65 70 80
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 será el siguiente: 65 70 90
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 70 75 20
El número de unidades de producción será el siguiente: 70 75 30
El número de unidades de producción será el siguiente: 70 75 40
El valor de las emisiones de CO2 de los combustibles fósiles se calculará en función de las emisiones de CO2 de los combustibles fósiles. 70 75 45
El valor de las emisiones de gases de efecto invernadero es el valor de las emisiones de gases de efecto invernadero. 70 75 50
El valor de las emisiones de gases de efecto invernadero es el valor de las emisiones de gases de efecto invernadero. 70 75 60
El número de unidades de producción será el siguiente: 70 75 70
El número de unidades de producción será el siguiente: 70 75 80
El número de unidades de producción es el siguiente: 70 75 90
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 75 80 30
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 75 80 40
El número de unidades de producción es el siguiente: 75 80 50
El objetivo de la presente Directiva es garantizar que los productos de los Estados miembros estén protegidos contra el riesgo de contaminación. 75 80 60
El número de unidades de producción será el siguiente: 75 80 70
El número de unidades de producción será el siguiente: 75 80 80
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 75 80 90
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 80 85 30
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 80 85 40
El valor de las emisiones de CO2 es el valor de las emisiones de CO2 de los combustibles fósiles. 80 85 50
El número de unidades de producción será el siguiente: 80 85 60
El número de unidades de producción será el siguiente: 80 85 70
El número de unidades de producción será el siguiente: 80 85 80
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 80 85 90
El número de unidades de producción será el siguiente: 80 85 100
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 85 90 30
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 es el siguiente: 85 90 40
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 85 90 50
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 85 90 60
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 85 90 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 85 90 80
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 85 90 90
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 85 90 100
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 90 95 30
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 90 95 40
El valor de las emisiones de gases de efecto invernadero es el valor de las emisiones de gases de efecto invernadero. 90 95 50
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 90 95 60
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 90 95 70
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 90 95 80
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 90 95 90
El número de unidades de producción será el siguiente: 90 95 100
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 95 100 30
El número de unidades de producción será el siguiente: 95 100 40
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 95 100 50
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 95 100 60
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 95 100 70
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 95 100 80
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 95 100 90
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 95 100 100
Las condiciones de ensayo de los productos de este tipo se especifican en el anexo I. 100 105 30
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 100 105 40
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 100 105 50
Las condiciones de ensayo de los equipos de ensayo se determinarán en función de los resultados obtenidos en el ensayo. 100 105 60
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 100 105 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 100 105 80
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 100 105 90
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 100 105 95
El número de unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga. 100 105 100
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 216/2008 es el siguiente: 100 105 115
El número de unidades de producción será el siguiente: 105 110 50
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 105 110 60
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 105 110 70
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 105 110 80
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 105 110 90
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 105 110 100
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 105 110 115
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 110 115 50
El número de unidades de producción será el siguiente: 110 115 60
El número de unidades de producción será el siguiente: 110 115 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 110 115 80
El número de unidades de carga de los vehículos no incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 216/2008 es el siguiente: 110 115 90
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 110 115 100
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 110 115 115
El número de unidades de producción será el siguiente: 115 120 50
El número de unidades de producción será el siguiente: 115 120 60
El número de unidades de producción será el siguiente: 115 120 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 115 120 80
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 será el siguiente: 115 120 90
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 115 120 100
El número de unidades de producción será el siguiente: 115 120 115
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 120 125 50
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 120 125 60
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 120 125 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 120 125 80
El número de unidades de producción será el siguiente: 120 125 90
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 120 125 100
El número de unidades de producción será el siguiente: 120 125 120
El número de unidades de producción será el siguiente: 125 130 50
El número de unidades de producción será el siguiente: 125 130 60
El número de unidades de producción será el siguiente: 125 130 70
El número de unidades de producción será el siguiente: 125 130 80
El número de unidades de carga de los vehículos no incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 216/2008 es el siguiente: 125 130 90
El número de unidades de producción será el siguiente: 125 130 100
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 125 130 115
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 será el siguiente: 130 135 60
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 130 135 70
El número de unidades de producción será el siguiente: 130 135 80
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo II del Reglamento (CE) no 765/2008 será el siguiente: 130 135 90
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 130 135 100
El número de unidades de producción será el siguiente: 130 135 120
El número de unidades de producción será el siguiente: 135 140 60
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 es el siguiente: 135 140 70
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 135 140 80
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo II del Reglamento (CE) no 765/2008 será el siguiente: 135 140 90
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 135 140 100
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 es el siguiente: 135 140 120
El número de unidades de carga de los vehículos no incluidos en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 965/2012 será el siguiente: 140 145 60
El número de unidades de producción será el siguiente: 140 145 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 140 145 80
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 140 145 90
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 140 145 100
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 145 150 60
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 145 150 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 145 150 80
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 145 150 90
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 145 150 100
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 145 150 120
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 150 155 60
El número de unidades de producción será el siguiente: 150 155 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 150 155 80
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 150 155 90
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 150 155 100
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 155 160 50
El número de unidades de producción será el siguiente: 155 160 60
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 155 160 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 155 160 80
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 216/2008 es el siguiente: 155 160 90
El número de unidades de carga de los vehículos no incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) no 216/2008 será el siguiente: 155 160 100
El número de unidades de producción será el siguiente: 160 165 60
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 160 165 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 160 165 80
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 160 165 90
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 160 165 100
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 160 165 110
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 160 165 120
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 216/2008 es el siguiente: 160 165 130
El número de unidades de producción será el siguiente: 160 165 140
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 160 165 150
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 165 170 60
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo II del Reglamento (CE) no 765/2008 será el siguiente: 165 170 70
El número de unidades de producción será el siguiente: 165 170 80
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 165 170 90
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 165 170 100
El número de unidades de producción de los productos de este tipo no excederá de 100 unidades. 165 170 110
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 es el siguiente: 165 170 120
El número de unidades de producción será el siguiente: 165 170 130
El número de unidades de producción será el siguiente: 165 170 140
El número de unidades de producción será el siguiente: 165 170 150
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 170 175 60
El número de unidades de producción será el siguiente: 170 175 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 170 175 80
El número de unidades de producción será el siguiente: 170 175 90
El número de unidades de producción será el siguiente: 170 175 100
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 170 175 110
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 170 175 120
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 170 175 130
El número de unidades de producción será el siguiente: 170 175 140
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el número de unidades de producción. 170 175 150
El número de unidades de producción será el siguiente: 175 180 60
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 175 180 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 175 180 80
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 175 180 90
El número de unidades de producción será el siguiente: 175 180 100
Se aplicarán los siguientes requisitos: 175 180 110
El número de unidades de producción será el siguiente: 175 180 120
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 175 180 130
El número de unidades de producción será el siguiente: 175 180 140
El número de unidades de producción será el siguiente: 175 180 150
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 180 185 60
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 180 185 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 180 185 80
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) no 765/2008 es el siguiente: 180 185 90
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 180 185 100
El número de unidades de producción será el siguiente: 180 185 110
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 180 185 120
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 180 185 130
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 180 185 140
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 180 185 150
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 185 190 60
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo II del Reglamento (CE) no 765/2008 será el siguiente: 185 190 70
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 185 190 80
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 185 190 90
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 185 190 100
El número de unidades de producción será el siguiente: 185 190 110
El número de unidades de producción será el siguiente: 185 190 120
El número de unidades de producción será el siguiente: 185 190 130
El número de unidades de producción será el siguiente: 185 190 140
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 185 190 150
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 190 195 60
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 190 195 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 190 195 80
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 190 195 90
El número de unidades de producción será el siguiente: 190 195 100
El número de unidades de producción será el siguiente: 190 195 110
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 190 195 120
El número de unidades de producción será el siguiente: 190 195 130
El número de unidades de producción será el siguiente: 190 195 140
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 190 195 150
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 195 200 60
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 195 200 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 195 200 80
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 195 200 90
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 es el siguiente: 195 200 100
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 195 200 110
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 195 200 120
El número de unidades de producción es el siguiente: 195 200 130
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 195 200 140
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 195 200 150
El número de unidades de producción será el siguiente: 200 205 60
El objetivo de la presente Directiva es garantizar que los productos de los Estados miembros estén protegidos contra los daños causados por la contaminación atmosférica. 200 205 70
El objetivo de la presente Directiva es garantizar que los productos de los Estados miembros estén protegidos contra la contaminación atmosférica y que los productos de los Estados miembros estén protegidos contra la contaminación atmosférica. 200 205 80
El objetivo de la presente Directiva es garantizar que los productos de los Estados miembros estén protegidos contra los daños causados por la contaminación. 200 205 90
El objetivo de la presente Directiva es garantizar que los vehículos de transporte de mercancías no se vean afectados por la contaminación. 200 205 100
El objetivo de la presente Directiva es garantizar que los productos de los Estados miembros estén protegidos contra el riesgo de contaminación. 200 205 110
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 200 205 120
El número de unidades de producción es el siguiente: 200 205 130
El objetivo de la presente Directiva es garantizar que los productos de los Estados miembros estén protegidos contra los daños causados por la contaminación atmosférica. 200 205 140
El objetivo de la presente Directiva es garantizar que los productos de los Estados miembros estén protegidos contra los daños causados por la contaminación. 200 205 150
El número de unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga. 205 210 60
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el número de unidades de carga de las categorías M2 y M3. 205 210 70
El número de unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga. 205 210 80
El número de unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga. 205 210 90
El número de unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga. 205 210 100
El número de unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga. 205 210 110
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 205 210 120
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 205 210 130
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 205 210 140
El número de unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga. 205 210 150
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 210 215 60
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 210 215 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 210 215 80
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 es el siguiente: 210 215 90
El número de unidades de producción será el siguiente: 210 215 100
El número de unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga de las unidades de carga. 210 215 110
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 210 215 120
El número de unidades de producción será el siguiente: 210 215 130
En el caso de los vehículos de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor 210 215 140
El número de unidades de producción será el siguiente: 210 215 150
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 215 220 60
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 215 220 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 es el siguiente: 215 220 80
El número de unidades de producción es el siguiente: 215 220 90
El número de unidades de producción será el siguiente: 215 220 100
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 215 220 110
El número de unidades de producción será el siguiente: 215 220 120
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo II del Reglamento (CE) no 765/2008 será el siguiente: 215 220 130
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 es el siguiente: 215 220 140
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 215 220 150
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 220 225 60
El número de unidades de producción será el siguiente: 220 225 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 220 225 80
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 220 225 90
El número de unidades de producción será el siguiente: 220 225 100
El número de unidades de producción será el siguiente: 220 225 110
El número de unidades de producción será el siguiente: 220 225 120
El número de unidades de producción será el siguiente: 220 225 130
El número de unidades de producción será el siguiente: 220 225 140
El número de unidades de producción será el siguiente: 220 225 150
El número de unidades de producción será el siguiente: 225 230 60
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 225 230 70
El número de unidades de producción será el siguiente: 225 230 80
El número de unidades de producción será el siguiente: 225 230 90
El número de unidades de producción es el siguiente: 225 230 100
El número de unidades de carga de los vehículos no incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 216/2008 es el número de unidades de carga. 225 230 110
El número de unidades de producción de los productos de la serie A es el siguiente: 225 230 120
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 225 230 130
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 225 230 140
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 es el siguiente: 225 230 150
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 230 235 60
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) no 765/2008 será el siguiente: 230 235 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 230 235 80
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 es el siguiente: 230 235 90
El número de unidades de producción será el siguiente: 230 235 100
El número de unidades de producción de los productos de la serie A será el siguiente: 230 235 110
El número de unidades de producción será el siguiente: 230 235 120
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 230 235 130
El número de unidades de producción será el siguiente: 230 235 140
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 será el siguiente: 230 235 150
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 240 245 60
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 240 245 70
El número de unidades de producción será el siguiente: 240 245 80
El número de unidades de producción será el siguiente: 240 245 90
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 240 245 100
El número de unidades de producción será el siguiente: 240 245 110
El número de unidades de producción será el siguiente: 240 245 120
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 240 245 130
El número de unidades de producción será el siguiente: 240 245 140
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 es el siguiente: 240 245 150
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 250 255 60
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 250 255 70
El número de unidades de producción será el siguiente: 250 255 80
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 250 255 90
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 250 255 100
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 250 255 110
El número de unidades de producción es el siguiente: 250 255 120
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 250 255 130
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 250 255 140
El número de unidades de producción es el siguiente: 250 255 150
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 260 265 60
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 260 265 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 es el siguiente: 260 265 80
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo II del Reglamento (CE) no 765/2008 será el siguiente: 260 265 90
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 260 265 100
El número de unidades de producción será el siguiente: 260 265 110
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 260 265 120
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 260 265 130
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 260 265 140
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 260 265 150
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 270 275 60
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 270 275 70
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 270 275 80
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 270 275 90
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 270 275 100
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 270 275 110
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 270 275 120
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 será el siguiente: 270 275 130
El número de unidades de producción es el siguiente: 270 275 140
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 270 275 150
El objetivo de la presente Directiva es garantizar que los productos de los Estados miembros estén protegidos contra el riesgo de contaminación. 280 285 60
El número de unidades de producción será el siguiente: 280 285 70
El número de unidades de producción será el siguiente: 280 285 80
El número de unidades de carga de la unidad de carga de la unidad de carga de la unidad de carga será el siguiente: 280 285 90
El número de unidades de producción será el siguiente: 280 285 100
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 es el siguiente: 280 285 110
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 280 285 120
El número de unidades de producción de las unidades de producción de las unidades de producción de las unidades de producción de las unidades de producción de las unidades de producción de las unidades de producción de las unidades de producción de las unidades de producción. 280 285 130
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 280 285 140
El número de unidades de producción de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2008 será el siguiente: 280 285 150
En el caso de los vehículos de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor 290 295 60
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M1 es el siguiente: 290 295 70
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 290 295 80
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 290 295 90
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo II del Reglamento (CE) no 765/2008 será el siguiente: 290 295 100
El número de unidades de producción será el siguiente: 290 295 110
El número de unidades de producción de las que se trate será el siguiente: 290 295 120
El número de unidades de producción de los productos incluidos en el anexo II del Reglamento (CE) no 765/2008 es el siguiente: 290 295 130
El número de unidades de producción será el siguiente: 290 295 140
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 290 295 150
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 300 305 60
El número de unidades de producción será el siguiente: 300 305 70
El número de unidades de producción será el siguiente: 300 305 80
El número de unidades de producción es el siguiente: 300 305 90
El número de unidades de producción es el siguiente: 300 305 100
El número de unidades de carga de los vehículos de las categorías M1 y M2 será el siguiente: 300 305 110
El número de unidades de producción de los vehículos de la categoría M2 será el siguiente: 300 305 120

La especialidad de nuestra empresa es el envasado de recipientes de cobre, y las amplias posibilidades y la tecnología moderna utilizada en el proceso de producción nos permiten satisfacer las expectativas de nuestros clientes más exigentes.

 

Rodamiento Deslizante China. Alta calidad, precio de fábrica.

Materiales

 

  • Material de apoyoCuSn8P(DIN 17662)

  • CuSn6P alternativo disponible

 
 

Características

1Fácil de montar y lubricar

2Capacidad de carga alta

3. Excelente resistencia al desgaste con menor fricción

4. Alta conductividad térmica

5Dimensiones globales mínimas

6Resistencia química

7Puede trabajar bajo lubricación seca/marginal durante un corto período, menor factor de fricción en el movimiento inicial

 

En el caso de los vehículos de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor de motor

Los rodamientos están envueltos en un bronce homogéneo formado en frío ((CuSn8 o CuSn6.5), que puede lograr propiedades materiales excepcionales.Los tamaños estándar están equipados con hendiduras de lubricación en forma de diamante en la superficie del rodamientoEstas hendiduras sirven como depósitos de lubricante para acumular rápidamente una película lubricante al comienzo del movimiento y, posteriormente, reducir la fricción de marcha.El material es adecuado para máquinas de construcción y agrícolas.

 

El material

  • CuSn8P(DIN 17662)
  • DIN 1494 / ISO 3547 y otras especificaciones

 

Fabricación especial de carcasas

El proceso de fabricación comienza con el corte de la lámina a la forma rectangular correcta. Luego la placa se enrolla y calibra hasta el tamaño final y termina con el chanfrado de los bordes.

 

Rango de aplicación

bronze bearing automotive

 

Máquinas y aparatos para la fabricación de máquinas y aparatos para la fabricación de máquinas y aparatos para la fabricación de máquinas y aparatos

Aplicación típica

Ampliamente utilizado en equipos de elevación y maquinaria de construcción, industria automotriz, tractores, camiones, maquinaria agrícola y equipos mineros y otros campos.Los productos que pueden procesarse incluyen el manguito del eje, buje de eje, manguera de eje con brida, junta de empuje, etc.

 

Debido a las ventajas de su ligereza, bajo ruido y propiedades de autolubricación, los rodamientos VIIPLUS se utilizan ampliamente en la industria automotriz y sus aplicaciones todavía están en rápido desarrollo.Actualmente, se utilizan más de 50 mangos en cada automóvil de pasajeros, y cada vez más los rodamientos tradicionales de rodillos de aguja se sustituyen por rodamientos autolubricantes.

 

· Plataforma de perforación en alta mar
· Estación nuclear
· Sistema de seguimiento solar
· Estación hidroeléctrica/puertas de la presa

 

Las tolerancias

Las bujes se fabrican de acuerdo con DIN 1494/ ISO 3574 con tamaños estándar para las tolerancias de la carcasa H7 y las tolerancias del eje f7 o h8.

 

Solicitud:

Se utiliza en condiciones de mayor carga, pero baja velocidad, por ejemplo, en vehículos agrícolas, de construcción y de ingeniería.

Se utiliza ampliamente en máquinas elevadoras, máquinas de construcción, automóviles, tractores, camiones, máquinas herramientas y algunos motores minerales.

 

Tipos de matorrales para la venta

Buscas de bronce de bronce fb090 buscas de cobre buscas de ranura fb090 buscas de latón buscas de broncerodamientos laminados cusn8p bujes de grafito de alta calidad de latón sinterizado bujes fb bronce fb090 sin aceite

 

Para más información, póngase en contacto con nuestro departamento de ventas técnicas.

 

Detalles técnicos buje métrico para los envases, transporte del lubricante del bronce del tamaño de 50-55-40m m del cuello 2

  • Capacidad de carga específica estáticaSe aplicarán las siguientes medidas:

  • Dinámica de la capacidad de carga específicaSe aplican las siguientes medidas:

  • Velocidad de deslizamientoSe aplicarán las siguientes medidas:

  • Valor de fricción0.05 [μ] a 0,12 [μ] según la lubricación

  • Deformación por temperatura- 40 °C a + 250 °C

  • Valor máximo de energía fotovoltaica2.8 [N/mm2 x m/s]

  • El porcentaje de área de contacto en el ID es > 75%